Riesgo
institucional y concentración sindica
cuando absorber sindicatos específicos es
despojar a los trabajadores de su defensa real
Hay momentos en los que la historia se vuelve
transparente. Momentos en los que un expediente, un encuadramiento o un
convenio dejan de ser “cuestiones técnicas” y muestran lo que realmente está en
juego: la voz de los trabajadores.
Hoy, en la Argentina del libre mercado, esa
voz está siendo empujada hacia un rincón. No por decreto. No por ley. Sino por
una idea que avanza disfrazada de orden: que los sindicatos específicos
deben ser absorbidos por sindicatos generalistas porque “corresponde el
convenio general de la actividad”.
Esa frase, que parece prolija, es una maniobra
política. Y hay que decirlo sin rodeos: cuando un sindicato generalista
intenta absorber a uno específico, está actuando en contra de los trabajadores.
No los está defendiendo. Los está debilitando.
Los está desarmando. Los está dejando sin la herramienta que los protege en su
propio oficio.
La
absorción no es integración. Es desposesión.
Un sindicato específico nace porque un grupo
de trabajadores comparte algo que nadie más comparte: un riesgo, una técnica,
una historia, una forma de trabajar que no se aprende en un escritorio.
Esa especificidad no es un lujo. Es una
defensa.
La Corte Suprema lo dijo con claridad en ATE
c/ Ministerio de Trabajo (2008):
“La libertad sindical comprende la facultad de
constituir organizaciones sin autorización previa.”
Y agregó:
“El Estado debe abstenerse de adoptar medidas
que puedan debilitar o desalentar la organización de los trabajadores.”
Si el Estado no puede debilitar sindicatos
específicos, mucho menos puede hacerlo otro sindicato. La absorción es
debilitamiento. Es amputación. Es desposesión.
La
Constitución protege la pluralidad sindical
El artículo 14 bis no habla de “unificar”.
Habla de organización libre y democrática. Habla de defensa de los
intereses profesionales. Habla de negociación colectiva.
La Corte Suprema, en Rossi (2009), fue
aún más directa:
“La personería gremial no otorga exclusividad
absoluta.”
Eso significa que ningún sindicato
generalista puede reclamar el monopolio de la representación. La pluralidad
sindical es constitucional. La coexistencia es constitucional. La especialidad
técnica es constitucional.
Cuando un sindicato generalista intenta
absorber a uno específico, está intentando algo que la Constitución no permite:
convertirse en dueño de una voz que no le pertenece.
La OIT
también lo dice: la especialidad técnica es un derecho
El Convenio 87 de la OIT —que en Argentina
tiene jerarquía supralegal— establece:
“Los trabajadores tienen derecho a constituir
las organizaciones que estimen convenientes.”
Y el Comité de Libertad Sindical lo reafirmó:
“La existencia de organizaciones específicas
es esencial para la defensa de intereses profesionales diferenciados.”
La OIT no habla de “ordenar el sistema”. Habla
de proteger la diversidad sindical. Habla de evitar la injerencia de
organizaciones más grandes sobre las más pequeñas. Habla de defender la
autonomía de cada colectivo.
Cuando un sindicato generalista intenta
absorber a uno específico, está violando ese principio. Está intentando imponer
una estructura ajena sobre una identidad propia.
La jugada
política detrás de la concentración sindical
En tiempos de desregulación, la concentración
sindical no es un accidente. Es una estrategia.
El poder económico prefiere negociar con
pocos. Prefiere sindicatos grandes, amplios, abarcativos, que tengan que
equilibrar intereses contradictorios. Prefiere estructuras que puedan ser
presionadas, condicionadas, alineadas.
Un sindicato específico, en cambio, es
incómodo. No negocia identidades ajenas. No diluye su agenda. No puede ser
disciplinado con facilidad.
Por eso, cuando aparece el argumento de que
“corresponde el convenio general”, lo que realmente se está diciendo es:
“Hay que reducir la cantidad de sindicatos
para que sea más fácil negociar con uno solo.”
Y eso, traducido al lenguaje de la lucha de
clases, significa:
menos pluralidad, menos democracia sindical,
menos defensa técnica, más poder para las empresas.
El ejemplo
que revela la jugada
En un conflicto reciente —que no necesita
nombres— se ve el patrón:
Un sindicato técnico, nacido en una actividad
de alta especialización, con convenio propio y base real, es presionado por un
sindicato generalista que busca absorber su representación, y lo hace invocando
el “ordenamiento” del sistema y la “aplicación del convenio general”.
Pero lo que está en juego no es un convenio.
Es la existencia misma de la representación específica.
Si un tribunal acepta que la personería de un
sindicato generalista “pesa más” que la representación técnica de un sindicato
específico, entonces se abre la puerta para que muchos otros gremios de
especialidad sean absorbidos.
Y ahí sí: la clase trabajadora queda a merced
del mercado.
Defender
la pluralidad sindical es defender la dignidad obrera
La pluralidad sindical no es un problema. Es
la garantía de que cada trabajador tenga una voz que entienda su oficio, su
riesgo, su historia.
Un país con petróleo, barcos, máquinas,
hornos, turbinas, astilleros, refinerías y miles de oficios no puede ser
representado por un puñado de sindicatos generalistas sin perder su alma
obrera.
Por eso, en esta disputa —y en todas las que
vendrán— hay que dejarlo claro:
La concentración sindical no es modernización. La
concentración sindical es disciplinamiento. Y disciplinar al trabajador
es la antesala del ajuste.
Defender la pluralidad sindical es defender la
voz concreta de cada trabajador, su oficio, su historia y su dignidad.
Eso es lo que está en juego hoy en Argentina.
Y eso es lo que Melcalia va a seguir diciendo, aunque incomode, aunque moleste,
aunque duela.
Porque cuando se apaga una voz obrera, no se
ordena el sistema: se apaga una parte del país.
Abrazo fraternal. Compañero
Luis Di Stefano Militante Peronista Argentino
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